Cinco años de la Ley de Acceso a la Información Pública
11 de mayo de 2016
El derecho de acceso a la información pública promete varios beneficios. Habilita la posibilidad del diálogo democrático informado. Establece límites al secreto y a la tentación autoritaria que el sigilo conlleva. Amplía el potencial de autonomía de las personas ante el Estado y la sociedad. Reduce las barreras para la gestión legítima de intereses, ampliando las oportunidades de grupos que antes no han tenido acceso para influir en la toma de decisiones. Baja el protagonismo de la intermediación de los medios de comunicación social, obligándolos a aumentar el valor de su oferta informativa. Eventualmente, puede ser un elemento que ayude a dinamizar la economía, en la medida en que la información que recopila el Estado sobre el mercado sea de acceso libre para un número mayor de compradores y vendedores.
Hace cinco años, con la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública, este derecho se volvió exigible en El Salvador. Entre otros aspectos, esta ley contempla el tipo de información que debe ser difundida sin mediar petición; el procedimiento de acceso a seguir por medio de peticiones; los casos y requisitos con que la información pública puede ser temporalmente reservada; la protección de datos personales y secretos comerciales que son resguardos por el Estado; la existencia de una entidad que vela por la aplicación de la ley; la forma de resolver controversias entre ciudadanos y entes obligados; y las sanciones que deben imponerse en casos de incumplimiento.
Los administradores públicos, incluyendo a políticos y burocracia, están aprendiendo lo que implica responder por un ente obligado en el marco de esta ley. Desde luego es un aprendizaje lleno de conflictos. Por un lado los administradores tienen necesidad de legitimarse ante el público, algo en lo que la Ley de Acceso a la Información Pública les puede ayudar; pero, por otro parte, sienten resistencia a ser observados, porque esto les resta discrecionalidad, hace más compleja la toma de decisiones y les obliga a responder por lo actuado. Es un aprendizaje diferenciado. Las motivaciones, el contexto, las capacidades y la realización de los servicios que manda la Ley son aspectos que, hasta donde sabemos, varían considerablemente entre niveles de gobierno, ubicación geográfica y áreas funcionales.
A la vez, es un aprendizaje para los ciudadanos. Sus actitudes varían considerablemente, desde la total indiferencia en un extremo, hasta la creencia en que el acceso a la información por si mismo puede resolver muchos de los problemas que nos aquejan. Las motivaciones incluyen lo muy particular, relacionadas con problemas cuyo radio de interés no excede al del peticionario; ejercicios de acción colectiva, donde el acceso a la información es una herramienta para la incidencia; la necesidad de los investigadores y comunicadores sociales de ser más penetrantes en la recolección de los datos; y, desde luego, hay quienes usan la Ley como arpón en la lucha partidaria. El aprendizaje también es diferenciado. Influye el lugar de residencia, el nivel educativo, la afiliación a grupos, la disponibilidad de tiempo y el costo que conlleva la tarea de procesar información. Definitivamente no todas las personas desean, y en especial pueden hacer uso de la Ley en igual medida.
En la valoración sobre los cinco años de la Ley de Acceso a la Información Pública no se puede pasar por alto el asunto de la calidad de la información, ya sea en la existencia de la misma o en la forma en que es puesta a disposición del público. Aspectos positivos son la habilitación para la entrega en formatos y por medios digitales, así como la posibilidad de hacer consultas en los expedientes originales, lo cual facilita el trabajo para el peticionario. Sin embargo, la ausencia de índices comprensivos, el uso de formatos cerrados (por ejemplo los documentos escaneados como imágenes), contenidos de difícil inteligibilidad, datos desactualizados y arreglos inconsistentes, hacen que la calidad de la información sea percibida como baja y a veces hasta nula.
El proyecto del acceso a la información pública consiste en invertir la naturaleza tradicional de ésta, porque antes se le consideraba secreta por norma y solo accesible por excepción; y la finalidad es usar dicha información en la construcción de una sociedad más abierta. Nos corresponde asumir la responsabilidad de sostener el esfuerzo y de hacerlo progresar. La obligación de las instituciones públicas es habilitar los servicios y mecanismos necesarios para la aplicación eficiente de la Ley. El deber de los ciudadanos es el de ser motores: usar dichos servicios y activar los mecanismos que sean necesarios para hacer del derecho de acceso a la información pública una idea viva y transformadora.